nota ante el ordenamientro territorial Plan Local los Cabos ID Rocha

 

La Paloma, 18 de marzo de 2013

 

Interposición frente al Plan Local de Ordenamiento Territorial Los Cabos, Sector II de la costa Atlántica de Rocha, en elaboración por la Intendencia de Rocha

 

Consideraciones

  1. En el territorio para el que se propone desarrollar el Plan Local Los Cabos (en adelante PL Los Cabos) viven ciudadanos y es su derecho participar directamente en la planificación y gestión del mismo.

Como aproximación muy básica y mínima al problema de la ausencia de participación ciudadana que evidencia la elaboración de este plan, es necesario, que se establezca un plazo mayor para el conocimiento del mismo, fuera del periodo de la temporada de vacaciones.

Por los procedimientos que se siguen entorno a este plan, es muy probable que la gran mayoría de las personas afectadas por el mismo, ni siquiera sepan de su existencia.

Las tendencias modernas de manejo de ecosistemas en general y en particular de la zona costera, se orientan a establecer procesos con la mayor participación directa de las comunidades, desde la elaboración de los planes, hasta su aprobación, ejecución y monitoreo. Ello es así, en consideración de los múltiples antecedentes conocidos de grave daño ambiental (degradación de ecosistemas, pérdida de biodiversidad, daños socioculturales y económicos) debidos a intervenciones no participativas, asociadas a intereses particulares de corto plazo y/o con abordajes no integradores, a partir de la visión de una o pocas disciplinas.

En el caso del PL Los Cabos, si bien se enuncia la voluntad de favorecer la participación de los ciudadanos, en los hechos se hace todo lo contrario. Se presenta el proyecto públicamente en el mes de diciembre (publicado el 3/12/2012) en un momento reconocido socialmente como de cierre de todas las actividades del año, no de inicio de nuevas. En el documento que está circulando, no está contenida la cartografía del plan que es fundamental para una adecuada lectura del mismo. Por otra parte, y esto tal vez es una de las más importantes debilidades del plan, no existió un proceso previo de elaboración participativa, en el que se integrasen democráticamente las comunidades involucradas y otras comunidades (o personas) que puedan estar interesadas o verse afectadas.

Debemos destacar, como una consecuencia de lo anterior, que el PL Los Cabos no tiene en cuenta al Proyecto Nautilo de la Unión de Vecinos de La Paloma UVLP (UVLP Proyecto Nautilo, http://puertolapaloma.com/), una propuesta surgida de la comunidad como alternativa participativa de beneficio directo de la población y con un muy bajo impacto ambiental. El Proyecto Nautilo se apoya en otra visión de desarrollo, distinta a los diversos proyectos que se han propuesto para el puerto de La Paloma, que están orientados exclusivamente al beneficio particular de empresas extranjeras.

De la misma forma que el PL Los Cabos no considera el Proyecto Nautilo, seguramente desconoce a los diversos proyectos comunitarios que existen en la región de actuación.

Como antecedente diferente al procedimiento llevado adelante por este plan local, si bien con limitantes en los resultados y en el respeto por las propuestas ciudadanas, cabe mencionar el caso de los planes de ordenación del Departamento de Maldonado, donde al menos se realizaron procesos participativos.

 

  1. De los procedimientos técnicos, administrativos y políticos

Un plan local de ordenamiento territorial debe basarse en un estudio previo de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE). Este estudio debe ser profundo y como condición necesaria, anterior a la definición de cualquier proyecto de acción en el territorio, más aún, si se tratara de una mega intervención o de intervenciones que conlleven previsiones de impacto importantes.

Si no se cumple con este requisito básico, todo proceso de ordenación del territorio queda desvirtuado, pierde seriedad y validez, dado que se termina por “ordenar” el territorio para atender a las necesidades e intereses de algún tipo de definición previa de intervención. Por tanto, el proceso de ordenación está sesgado a esa definición y no atenderá, como debería ocurrir, a las características del territorio, sus comunidades y ecosistemas para generar el plan más adecuado a los mismos. Tampoco podrá prever sitios de implantación adecuados, si ya vienen definidos, no podrá estudiar y definir los usos más pertinentes y zonas de protección de acuerdo a los valores ambientales y socioculturales contenidos en el área. Evidentemente, en estas condiciones, no es posible la participación ciudadana.

En el caso del PL Los Cabos se produce justamente esa situación, la que se fundamenta a continuación.

El PL Los Cabos se presenta en el mes de diciembre de 2012 y asume que existirá en la zona de actuación un mega proyecto: un puerto de aguas profundas, hoy no instalado y ni siquiera aprobado en ese momento. Ese puerto viene asociado a su vez, a las necesidades previas del proyecto minero Aratirí, tampoco aprobado y sin estudios de ordenación. Esta asunción previa transforma al PL Los Cabos de un plan específico para un puerto de aguas profundas predefinido y para un sector, el minero, predefinido, con lo cual, no es un verdadero plan de ordenación sostenible de un sector local, de ese territorio y de sus ecosistemas. Asimismo, el proyecto de puerto que se pretende asumir como parte del ordenamiento del PL Los Cabos, junto al proyecto minero Aratirí que lo sustenta, generarían impactos sobre un territorio mucho mayor, que supera el área de actuación del plan local, cometiéndose un grave error técnico elemental en la ordenación general del territorio. En ambas situaciones, la local y la del territorio mayor, no se estaría cumpliendo con los objetivos y el espíritu de la Ley de Ordenamiento Territorial.

Por otra parte, contrariamente a la situación anterior y ante intervenciones ya constatables en el territorio, el PL Los Cabos toma otra postura: las ignora. Tal es la situación del proceso actual de construcción de una importante infraestructura orientada a transformar el Puerto de La Paloma en una terminal maderera. Esa infraestructura incluye la modificación de rutas y caminos (incluidos en el polígono de acción del plan) para el tránsito forestal, la creación de una nueva ruta (sobre la pre-existente vía férrea) de acceso a La Paloma exclusiva para tránsito pesado, la construcción de una nueva escollera, la adecuación de infraestructura de amarres, muelles y el dragado del puerto. Implica además, un nuevo tránsito marítimo que tampoco ha sido considerado, ni evaluado.

Todo ello parece no ser importante y determinante en el ordenamiento territorial de la zona para el PL Los Cabos, a pesar de que las obras y el tránsito pesado afecta a buena parte, sino a todo, el polígono de actuación, así como el puerto que se modifica y cambia su operativa, afecta a uno de los cabos que da nombre el Plan Local.

El puerto de La Paloma sufriría un cambio significativo en su operativa, pasando de ser un puerto pesquero y turístico, a ser un puerto preponderantemente maderero, un centro de carga y descarga de rolos (250.000 Ton anuales se anuncian para el inicio) para su envío por agua a la planta de celulosa de la empresa multinacional UPM (ex Botnia) ubicada en Fray Bentos. Estas obras se vienen desarrollando en forma muy acelerada e inconsulta y es previsible que tengan fuertes impactos sociales, culturales, ambientales y económicos, no sólo sobre el eje La Paloma-La Pedrera, sino también sobre gran parte del polígono definido por el PL Los Cabos.

Al hecho grave de que el PL Los Cabos desconozca esta intervención, se suma a otro: esas obras y sus impactos potenciales y previsibles tampoco han sido estudiados previamente mediante la aplicación de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental (Ley No 16.466, por la que se realizan estudios de Evaluación de Impacto Ambiental – EIA). Se trata de un proyecto complejo y con injerencia sobre ecosistemas interiores, el medio rural, urbano y el ecosistema marino. Resulta claro para nosotros como ciudadanos informados y preocupados por nuestros bienes naturales y culturales, que tamañas obras requieren al menos de una Evaluación de Impacto Ambiental integral y que también debió existir previamente una Evaluación Ambiental Estratégica, de acuerdo a la Ley de Ordenamiento Territorial.

Además, se debe destacar que en ese proceso de adecuación del puerto para carga forestal está involucrada la Intendencia de Rocha y participan técnicos de la misma en una comisión de seguimiento, creada justamente frente a la incertidumbre por posibles impactos negativos importantes. Al menos uno de los técnicos municipales que participa en el PL Los Cabos, integra también esa comisión de seguimiento de las obras en la región y en el puerto de La Paloma, lo que agrava aún más esta omisión. ¿Cómo es posible entonces que en un Plan Local de Ordenamiento Territorial se ignore esta intervención, su presencia actual en el territorio y los impactos negativos que ya ha causado? En este mismo sentido, hacemos referencia al episodio oficialmente constatado de contaminación de la playa La Aguada. Esta se produce por efecto del dragado del puerto, que vierte sus productos en el mismo puerto y/o en un sector del océano muy cercano a la costa de La Aguada, Costa azul y La Pedrera. Este hecho generó un cambio en las condiciones de la playa de La Aguada, la denuncia de los vecinos y posteriormente la intervención de la DINAMA (MVOTMA) ante la DNH, determinando la prohibición de estas obras. A pesar de ello, el 14 de marzo se constató el reinicio del dragado con vertido nuevamente sobre el espejo de agua del puerto y cercano a La Aguada. Ello determina el desacato de un ministerio, el MTOP, frente a una resolución de otro ministerio, el MVOTMA, encargado de la protección y salvaguarda ambiental del país.

Otro de los impactos negativos ya constatado es la afectación producida a un área de bosque psamófilo en Costa Azul, como consecuencia de las obras de apertura de la nueva ruta al puerto. Este hecho deja en evidencia la falta de comunicación y criterios acordados entre organismos del Estado. También demuestra nuevamente la necesidad de una Evaluación de Impacto Ambiental que se ha eludido y negado a la población, dado que, la propia DINAMA ha recomendado para esa área de bosque impactada por el MTOP, que se desarrolle un plan de manejo y conservación (SNAP – ECOPLATA 2010).

 

De la misma forma, estas obras han impactado negativamente sobre el patrimonio cultural de La Paloma y la región, al afectar parte del trazado de la vía férrea Rocha – La Paloma y al demoler dos antiguos puentes de la misma.

 

Como ciudadanos de La Paloma y su entorno estamos muy preocupados frente a la falta de participación, las contradicciones y descoordinación puesta en evidencia entre organismos públicos, los impactos medioambientales, sociales y culturales ya constatados y por el desconocimiento por parte del PL Los Cabos de las intervenciones arriba indicadas. Ello da muestras objetivas de las limitaciones y debilidades que presenta el PL Los Cabos.

 

  1. Interdisciplina

El PL Los Cabos se presenta como un trabajo limitado a una o pocas visiones disciplinares, particularmente está orientado a un enfoque urbanístico, relacionado y teñido de una mirada economicista de desarrollo convencional (referencias frecuentes y dominantes a: fraccionamientos, ingresos municipales, inversiones, ocupación del territorio, colonización del Este).

Por otra parte, el plan y el Informe Ambiental Estratégico evidencian la ausencia de contenidos (más allá de lo simplemente citado o transcripto textualmente aportado por otros autores), aportes nuevos, evaluaciones y propuestas que abarquen otras áreas o conjuntos disciplinares integradores. El manejo cuidadoso y sustentable del territorio requiere del trabajo interdisciplinario en áreas como: manejo de ecosistemas, conservación biológica, biodiversidad, cambio climático y el área cultural, incluyendo visiones integradas del patrimonio natural y cultural. Además, se aprecia la falta de estudios sociales y de impactos socio-culturales y económicos.

A modo de ejemplo, en cuanto al área de patrimonio cultural, se transcribe lo poco y limitado que se incluye en la página 144 del plan (aparentemente referido al Área Ramsar):

Valores Patrimoniales Relevantes

 

El sector cuenta con diversos elementos, presentes en la naturaleza y construidos por el hombre, de alto valor patrimonial y por lo tanto objeto de conservación y uso sustentable.

 

  1. Manejo de conceptos. Métodos y criterios para la definición de los espacios de las intervenciones propuestas por el plan.

A lo largo del texto del PL Los Cabos se manejan conceptos como: desarrollo, desarrollo sustentable, Biodiversidad y paisaje, pero no se definen. Se utilizan los conceptos de biodiversidad y paisaje para reconocer los valores del área, pero luego se hacen referencias a su modificación, a través de la reformulación de fraccionamientos, cambio de paisaje, etc., resultando al menos, en un contrasentido. Parecería que la biodiversidad y el paisaje son valores que sirven para hacer una especie de promoción del área, pero luego se plantea el sacrificio de esos valores. El plan no maneja los conceptos de una disciplina básica para la planificación sustentable: la Conservación Biológica.

Como ejemplo, se propone re-fraccionar padrones para pasar de lotes chicos a mayores y en casos a 5 hectáreas, pero se desconoce que eso no garantiza la conservación de un ecosistema, una urbanización menos densa, es igual una urbanización, con todo lo que ello implica de cambios en el ecosistema. El problema central y crítico que sufre la costa uruguaya es el avance de la urbanización costera lineal, ya sea densa o más o menos laxa. Otro problema existente en el área que no está bien abordado en el plan, es la modificación costera con forestaciones de pinos y acacias y su efecto como invasoras, para lo cual deberían existir criterios y propuestas básicas en un ordenamiento del territorio. En relación a ello, tampoco se manejan los conceptos y métodos de restauración de ecosistemas.

Existen sitios en la costa que abarca el plan que son reconocidos por contener vegetación de bosque y matorral costero psamófilo de alta importancia para la conservación de la biodiversidad y del paisaje natural costero. El plan no los considera, ni se manejan para ellos criterios especiales de conservación.

 

Sobre esos mismos ecosistemas se cuenta con información valiosa generada incluso dentro del propio Estado en proyectos como el SNAP y ECOPLATA (ambos dependientes de la DINAMA – MVOTMA), que el PL Los Cabos ignora o desestima. Como ejemplo citamos textualmente lo referido a la localidad de Perla de Rocha en un documento publicado conjuntamente por el SNAP y ECOPLATA: “Constituye uno de los bosques de mayor tamaño y en mejor estado de conservación de Uruguay, con especies de distribución restringida a estas zonas del país y límite Sur de distribución de 3 especies de vegetación de restinga (R. maritima, C. curassavica y S. obtusifolium). Se recomienda su protección, evitando la sobrecarga ganadera y la invasión por Pinus spp. y Acacia longifolia, que pueden deteriorar su estado de conservación” (SNAP – ECOPLATA 2010).

 

Queda en evidencia que en este plan no se utilizan métodos adecuados y antecedentes publicados que le permitan definir, sobre bases sólidas y contrastables, cuáles son los sitios adecuados para determinadas intervenciones (puerto, caminos, fraccionamientos, etc.) y afirmar que no habrá impactos, por ejemplo, sobre especies endémicas o raras, hábitats, o sobre yacimientos arqueológicos. Éstos y otros atributos naturales y culturales directamente no aparecen considerados, ni evaluados en los sitios que el plan propone intervenir y modificar. Con ello se corre un serio riesgo de generar fuertes impactos, pérdida y/o degradación de ecosistemas, hábitats, especies y sitios del patrimonio cultural. Deberían existir, a partir de una Evaluación Ambiental Estratégica, mapas base con inventarios y localización detallada de todos estos atributos. Lo que se presenta en el PL Los Cabos, es un Informe Ambiental Estratégico muy elemental, en el que no se llega a ese nivel de información y conocimiento del territorio, por tanto, las definiciones de intervención se toman sin bases sólidas.

 

  1. Reserva de Biosfera Bañados del Este

Otro hecho destacable es que toda el área que abarca el PL Los Cabos integra la Reserva de Biosfera Bañados del Este, propuesta por Uruguay y aprobada en 1978 por el Programa Mab (El Hombre y la Biosfera) de la UNESCO. Este es uno de varios compromisos internacionales asumidos por el país para proteger, manejar cuidadosamente y sobre bases científicas un territorio reconocido como de importancia global para la conservación de la biodiversidad y para el funcionamiento de la Biosfera.

En el PL Los Cabos se hace una referencia muy puntual a esta designación. Se desconoce que significa un reconocimiento mundial a los valores de la región y que podría ser un eje y horizonte sobre el cuál generar las propuestas para un desarrollo armónico en el área.

Asimismo, se debe alertar que, de continuar las propuestas de intervenciones que generan altos impactos en diversos puntos de la RB Bañados del Este, se corre el riesgo de ir perdiendo y degradando paulatinamente sus valores y por tanto, que el Programa Mab pueda considerar quitar ese reconocimiento a la región y al país. De producirse esa situación, el Uruguay quedaría muy mal parado frente a la comunidad internacional, al dañar valores globales que trascienden sus fronteras y al no cumplir con el compromiso asumido en la conservación y manejo sustentable de la RB Bañados del Este.

Por lo expuesto y a manera de resumen se entiende que, ante:

– la falta de orden conceptual y lógico en los procedimientos, en cuanto a que es necesaria una EAE previa a cualquier definición de intervención y de ordenación territorial,

– la propia ausencia de una EAE, transformada en un informe ambiental muy elemental,

– la omisión de información y el no reconocimiento de fuertes intervenciones actuales en el territorio (caso del Puerto de La Paloma) en las que participa la propia Intendencia Departamental de Rocha,

– la ausencia de instancias de participación ciudadana,

– la ausencia de interdisciplina y rigor técnico,

– el desconocimiento de sitios costeros de alto interés de conservación (ejemplo: bosques costeros en la zona de Perla de Rocha)(SNAP – ECOPLATA 2010),

– el desconocimiento y la sub-valoración de la importancia ambiental del área de la Reserva de Biosfera Bañados del Este, de su designación de valor global, así como de la responsabilidad y compromiso que en ese territorio tiene el Uruguay ante la comunidad internacional de naciones,

Se considera que el procedimiento de ordenación de territorio presentado:

– evidencia fuertes debilidades de forma y de contenidos, y carencias u omisión de información sobre acciones actuales en el territorio que lo ponen en una situación de descrédito ante la ciudadanía,

– no ofrece las garantías y la transparencia necesaria para el cuidado de los intereses legítimos de la nación y de las poblaciones afectadas por el plan y por tanto no brinda certezas de respetar el interés general por sobre el particular,

– expone además, al valioso patrimonio de la región, a posibles severos daños por no realizar un procedimiento serio y responsable en lo formal (participación) y en lo técnico-profesional.

 

Referencias

UVLP, Proyecto Nautilo. Recuperado de: http://puertolapaloma.com/. Fecha de consulta: 24-03-2013.

SNAP – ECOPLATA,2010. Caracterización y distribución espacial del Bosque y Matorral Psamófilo. DINAMA y Ecoplata. Serie de Informes No 23. 72 pg.